Distribución de los activos del fideicomiso de entidad pública

7 L.P.R.A. § 3185, under Ley para la Reestructuración de la Deuda del Banco Gubernamental de Fomento de Puerto Rico.

7 L.P.R.A. § 3185

La Escritura de Fideicomiso dispondrá la manera en que los activos de fideicomiso y cualquier otro fondo o activo transferido o recibido por, o que sea transferido o recibido por, la Autoridad se distribuirán entre los depositantes designados y establecerá la prioridad de pago y repartición entre los depositantes designados (incluyendo con respecto a reclamaciones identificadas por AAFAF como que corresponden a fondos federales).