Anualmente, la Junta Reguladora hará un requerimiento presupuestario a la Asamblea Legislativa para financiar la operación de los Centros PITI, la cual será suficiente para alcanzar los objetivos dispuestos en este capítulo, financiar los planes de expansión, viabilizar la contratación del personal pericial de difícil reclutamiento, proveer una estructura de compensación competitiva y garantizar la calidad de los servicios. Se podrán establecer acuerdos colaborativos con las agencias concernidas para adiestrar al personal reclutado.