Cumplimiento del patrono con dos o más órdenes de retención de ingresos

8 L.P.R.A. § 1363, under Ley para la Protección de las Víctimas de Violencia Sexual en Puerto Rico.

8 L.P.R.A. § 1363

Si un patrono recibe dos o más órdenes de retención relacionadas con los ingresos de un mismo alimentante, satisfará los términos de dichas órdenes, si cumple con la ley del estado del lugar de empleo principal del alimentante para establecer las prioridades para la retención y la distribución del ingreso retenido entre dos o más alimentistas.