Exhibición y vigencia de la licencia

8 L.P.R.A. § 1432c, under Ley para la Protección de las Víctimas de Violencia Sexual en Puerto Rico.

8 L.P.R.A. § 1432c

Todo establecimiento para el cuidado, desarrollo y aprendizaje de los menores elegibles exhibirá su licencia en un lugar visible al público. La licencia expedida tendrá vigencia por el término de dos (2) años.