Fondo Especial

8 L.P.R.A. § 1439a, under Ley para la Protección de las Víctimas de Violencia Sexual en Puerto Rico.

8 L.P.R.A. § 1439a

Los fondos obtenidos por cada solicitud enmienda o renovación de licencia; serán depositados en una cuenta especial en el Departamento de Hacienda a nombre del Departamento para la Oficina de Licenciamiento. Los fondos depositados en esta cuenta especial se utilizarán principalmente para publicar el registro de los establecimientos y para asuntos relacionados a las funciones programáticas en materia de Licenciamiento.