Comisión—Informes

8 L.P.R.A. § 163, under Programa de Vales Especiales para el Cuidado de Hijos e Hijas de Madres Solteras o Padres Solteros que Laboren a Tiempo Completo.

8 L.P.R.A. § 163

La Comisión someterá su informe y sus recomendaciones al Gobernador de Puerto Rico y a la Asamblea Legislativa dentro del término del presente año natural y les rendirá, además, informes periódicos sobre los trabajos que realice incluyendo las conclusiones a que pueda haber llegado.