Causa de acción para reclamar daños y perjuicios contra cualquier persona que afecte las condiciones de empleo de un informante

8 L.P.R.A. § 1731, under Ley de Procesos Administrativos Expeditos para Personas de la Tercera Edad.

8 L.P.R.A. § 1731

Toda persona que se considere afectada en sus condiciones o status de empleo por haber cumplido con su obligación de informar de conformidad con las disposiciones de este capítulo tendrá una causa de acción para reclamar los daños y perjuicios resultantes contra el causante de los mismos.

A esos efectos, constituirá evidencia prima facie de represalia en el empleo contra el informante, cualquier transacción de personal o cambio perjudicial en sus condiciones o estatus de empleo, tales como despido, cesantía, traslado involuntario, reducción en paga, beneficios o privilegios del trabajo, o evaluaciones negativas coetáneas o dentro de los seis (6) meses siguientes a informar las situaciones de maltrato, maltrato institucional, negligencia o negligencia institucional de que se trate.