Multas

8 L.P.R.A. § 1737, under Ley de Procesos Administrativos Expeditos para Personas de la Tercera Edad.

8 L.P.R.A. § 1737

El dinero recaudado por concepto de multas será transferido al Fideicomiso para la Prevención del Maltrato y Protección de Menores, según dispone las secs. 451 et seq. de este título, conocidas como “Ley del Fideicomiso para la Prevención del Maltrato y Protección de Menores”.