El Departamento de la Familia será la agencia responsable de identificar y referir a los cuidadores informales a participar de talleres educativos dirigidos al desarrollo de las destrezas necesarias para proveer el cuidado adecuado a sus recipientes de cuidado y hacia la protección y preservación de la salud física y mental del desempeño de su rol, en conjunto con programas afines existentes en el Departamento de Salud, la Oficina de la Procuradora de Personas de Edad Avanzada, la Defensoría de Personas con Impedimentos y los municipios, según el caso, requisitos aplicables y sujeto a disponibilidad de fondos. De igual forma, el Departamento de la Familia podrá identificar, coordinar o referir a los cuidadores informales a participar de oportunidades de respiro en organizaciones privadas con o sin fines de lucro.
Los servicios de los programas de Respiro deberán ir dirigidos a garantizar que los cuidadores tengan acceso a descansos necesarios para evitar el agotamiento y mitigar el impacto en la salud emocional y física de los cuidadores. Los mismos incluirán opciones, requisitos de acceso a servicios, apoyo a salud mental y emocional y apoyo a cuidadores a navegar en el sistema de salud para que tengan la información y los recursos necesarios para tomar decisiones informadas. Se podrá coordinar con grupos comunitarios y con organizaciones sin fines de lucro para procurar apoyo en las siguientes áreas: (a) plan educativo y de cuidado para el cuidador informal, (b) cuidado directo y apoyo emocional a la persona adulta mayor, (c) higiene del hogar y (d) manejo de diligencias, entre otros.