Personal del Programa—Retención de derechos y privilegios

8 L.P.R.A. § 304, under Programa de Vales Especiales para el Cuidado de Hijos e Hijas de Madres Solteras o Padres Solteros que Laboren a Tiempo Completo.

8 L.P.R.A. § 304

El personal referido al Programa de Cupones para Alimentos de otros programas de Gobierno conservará todos los derechos adquiridos al efectuarse la transferencia bajo las leyes y reglamentos de personal; así como los derechos, privilegios, obligaciones y status respecto a cualquier sistema o sistemas existente de pensión, retiro o fondos de ahorro y préstamos al cual estuvieren afiliados al aprobarse esta ley.