Este capítulo deroga lo estipulado en las secs. 331 a 333p del Título 24, en lo concerniente a supervisión, funcionamiento y licenciamiento de los establecimientos mencionados en las secs. 332 a 332g del mismo.
8 L.P.R.A. § 352, under Programa de Vales Especiales para el Cuidado de Hijos e Hijas de Madres Solteras o Padres Solteros que Laboren a Tiempo Completo.
8 L.P.R.A. § 352
Este capítulo deroga lo estipulado en las secs. 331 a 333p del Título 24, en lo concerniente a supervisión, funcionamiento y licenciamiento de los establecimientos mencionados en las secs. 332 a 332g del mismo.