Expedición de licencias

8 L.P.R.A. § 354, under Programa de Vales Especiales para el Cuidado de Hijos e Hijas de Madres Solteras o Padres Solteros que Laboren a Tiempo Completo.

8 L.P.R.A. § 354

El Departamento será la única agencia autorizada para expedir licencias a todo establecimiento que para cuidado de personas de edad avanzada se establezca en Puerto Rico y lo hará tomando en consideración el bienestar de éstos.