(a) Cada año el Director Ejecutivo preparará un presupuesto para el Fondo Permanente que estará sujeto a la aprobación de la Junta.Dicho presupuesto establecerá, en forma clara, los gastos de operación que serán sufragados de los ingresos de dicho Fondo.
Dicho presupuesto establecerá, en forma clara, los gastos de operación que serán sufragados de los ingresos de dicho Fondo.