Poderes y funciones—Transferencia

8 L.P.R.A. § 504a, under Ley para Prohibir el Acceso a Parques y Locales de Entretenimiento para Niños y Jóvenes a toda Persona que esté Inscrita en el Registro para Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso Contra Menores.

8 L.P.R.A. § 504a

(1) A partir de la vigencia de esta ley, se transfieren a la Administración los siguientes programas, funciones, poderes y deberes:(1) Todas las funciones, poderes y deberes que bajo la legislación y reglamentación federal realizaba el Programa de Sustento de Menores del Departamento y aquellas funciones propias del área de sustento de menores que hasta el momento de entrar en vigor esta ley llevan a cabo la Oficina de Investigaciones y Procesamiento de Asuntos de Menores y Familia del Departamento de Justicia y la Oficina de Administración de los Tribunales.(2) Todas las funciones, poderes y deberes del Programa de Alimentos Locales de la Oficina de Administración de Tribunales, y los conferidos a la anterior División de Alimentos Recíprocos de Puerto Rico.

(1) Todas las funciones, poderes y deberes que bajo la legislación y reglamentación federal realizaba el Programa de Sustento de Menores del Departamento y aquellas funciones propias del área de sustento de menores que hasta el momento de entrar en vigor esta ley llevan a cabo la Oficina de Investigaciones y Procesamiento de Asuntos de Menores y Familia del Departamento de Justicia y la Oficina de Administración de los Tribunales.

(2) Todas las funciones, poderes y deberes del Programa de Alimentos Locales de la Oficina de Administración de Tribunales, y los conferidos a la anterior División de Alimentos Recíprocos de Puerto Rico.