Responsabilidad financiera

8 L.P.R.A. § 549d, under Ley Interestatal Uniforme de Alimentos entre Parientes.

8 L.P.R.A. § 549d

La Administración de Familias y Niños del Departamento de la Familia, cuando actúe como agencia remitente, mantendrá la responsabilidad financiera de los gastos de sustento y mantenimiento del menor mientras permanezca en el estado recipiente. Cuando la Administración de Familias y Niños actúe como intermediario para la colocación de menores bajo custodia de otra agencia pública, esa otra agencia mantendrá la responsabilidad financiera de los gastos de sustento y mantenimiento del menor mientras permanenzca en el estado recipiente.