Instituto Loaíza Cordero de Niños Ciegos—Terrenos

8 L.P.R.A. § 57, under Desarrollo de Centros de Cuidado Diurno para Niños en Comunidades Especiales.

8 L.P.R.A. § 57

La porción del predio de terreno situado entre la carretera nueva, por el sur de Santurce y la vía del ferrocarril, que fue antes parte de la Escuela de Beneficencia de Niños de Santurce, se dedicará exclusivamente a la erección y mantenimiento, y dependencias de una escuela de niños ciegos; prohibiéndose la enajenación de cualquier porción de dicho predio.