La Oficina de la Procuradora de las Mujeres adoptará los reglamentos necesarios para la implementación de las disposiciones de este capítulo.
8 L.P.R.A. § 669e, under Ley para establecer la línea de emergencia para casos de violencia doméstica 0-0-0.
8 L.P.R.A. § 669e
La Oficina de la Procuradora de las Mujeres adoptará los reglamentos necesarios para la implementación de las disposiciones de este capítulo.