93 chapters · 1,236 sections in this title.
10 L.P.R.A. § 231 Rotulación de café elaborado en Puerto Rico
0.5K chars
El envase de todo café tostado, molido o elaborado en cualquier forma en Puerto Rico deberá hacer constar en su rotulación el nombre y dirección de la persona o entidad que lo tostó, molió o elaboró. Cuando dicho café haya sido importado para elaborarse en Puerto Rico, deberá esp…
10 L.P.R.A. § 232 Café producido en, pero elaborado fuera de Puerto Rico
0.6K chars
Queda prohibido mercadear en Puerto Rico, café rotulado como de Puerto Rico, si dicho café fue producido en Puerto Rico, pero fue elaborado, en cualquier forma, fuera de Puerto Rico, si no se expresa en el rótulo de su envase que tal café es de Puerto Rico y se hace constar, en l…
10 L.P.R.A. § 233 Café producido y elaborado fuera de Puerto Rico
0.4K chars
Queda prohibido mercadear en Puerto Rico café de cualquier procedencia, producido y elaborado fuera de Puerto Rico, si no se expresa, en el rótulo de su envase, que tal café es extranjero especificándose el lugar donde fue producido y elaborado, inmediatamente después del nombre …
10 L.P.R.A. § 233a Anuncios
0.5K chars
En todo anuncio que se publique o difunda por cualquier medio de cualquier café elaborado fuera de Puerto Rico deberá especificarse el origen del café y el sitio donde fue elaborado. Si el anuncio fuese escrito o impreso, la especificación sobre el origen del café y el sitio dond…