All Roll Calls
Yes: 68 • No: 5
Sponsored By: Carlos J. Méndez Núñez (PNP)
Signed by Governor
Personalized for You
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4 provisions identified: 3 benefits, 0 costs, 1 mixed.
The law lets the Executive Director of the Office for Socioeconomic and Community Development (ODSEC) issue sworn certifications to register or transfer titles for properties funded by the Trust or ODSEC. The certification must describe the property and the funds used, and the Property Registry accepts it without the usual chain-of-title steps. The Housing Department and the Transportation and Public Works Department must transfer properties bought with Trust funds under Article 8 of Law 23-2021 to the Trust using this process. The Director must issue rules within 45 days to run these certifications and related title and registry steps.
Trust or ODSEC-funded projects inside a Special Community and in areas already impacted are excluded from filing an environmental document under Law 416-2004. Projects outside a Special Community or in areas not previously impacted still must complete environmental reviews. This speeds some community projects but reduces environmental review protections in those areas.
The law names ODSEC’s Executive Director as the fiduciary who manages the Perpetual Trust for Special Communities. The Trust’s board can appoint a different fiduciary by absolute majority. ODSEC must provide staff to give technical and administrative support to the Trust. The Trust’s founding deed must be recorded at the Office of Notary Inspection; this does not change the Trust’s validity or rights.
When ODSEC or the Trust act to benefit residents in Special Communities, they do not pay stamps, fees, tariffs, or taxes for public documents. The exemption also covers filings at the Property Registry, other public registries, and permit fees at the Permits Management Office and municipal offices (hierarchies I–V). Deals or legal transactions involving Trust or ODSEC real property for community benefit are exempt from Law 26-2017, reducing steps for these transfers.
Carlos J. Méndez Núñez
PNP • House
Omayra M. Martínez Vázquez
PNP • House
All Roll Calls
Yes: 68 • No: 5
Senate vote • 8/21/2025
Aprobado por el Senado en Votación Final
Yes: 22 • No: 3
House vote • 5/15/2025
Aprobado por Cámara en Votación Final
Yes: 46 • No: 2
Ley Núm. 115 — Firmada por la Gobernadora
Enviado a la Gobernadora
Firmado por el Presidente del Senado
Firmado por el Presidente de la Cámara
Se dispone que sea enrolado
Aprobado por el Senado en Votación Final
Aprobado sin enmiendas
En el Calendario de Ordenes Especiales del Senado
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
1er Informe Comisión rendido sin enmiendas
Referido a Comisión(es)
Aparece en Primera Lectura del Senado
Texto de Aprobación Final enviado al Senado
Aprobado por Cámara en Votación Final
Aprobado con enmiendas del informe
En el Calendario de Ordenes Especiales de la Cámara
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
Entirillado del Informe
1er Informe Comisión rendido con enmiendas
Referido a Comisión(es)
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Radicado
Se dispone que sea enrolado
8/21/2025
Texto de Aprobación Final enviado al Senado
5/15/2025
Radicado
1/2/2025
PS 0997, Para enmendar el Artículo 1; enmendar el inciso (c) del Artículo 3; y enmendar las incises (a), (b) y (d) del Artículo 8 de la Ley 163-2024, conocida coma "Ley para la Protección, Seguridad, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con las Trastornos del Espectro Antista", a las fines de uniformar la terminología de la Ley, atemperar las definiciones al Manual Diagnóstico y Estadístico de las Trastornos Mentales (DSM-5), reforzar la composición interdisciplinaria de las equipos de servicios en las Centros de Autismo, disponer la acreditación de las Centros y de sus proveedores en las planes médicos comerciales y en el Plan de Salud del Gobierno; establecer mecanismos de seguimiento y fiscalización del cumplimiento de la Ley; y clarificar las competencias entre el Coordinador Interinstitucional de Servicios y el Comité Interinstitucional de Servicios; y para otros fines relacionados.
PS 0183, Para enmendar los Artículos 2, 3, 4, 5, 6, 8 y 9 de la Ley 166-1995, según enmendada, conocida como la "Ley del Programa de Desarrollo Artesanal", a los fines de transferirle al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, la responsabilidad de facilitar líneas de garantía o crédito para la concesión de préstamos, o cualquier otra ayuda económica a la clase artesanal para el establecimiento, operación, ampliación o mejoramiento de talleres de producci6n, elaboraci6n y confección de artesanías; hacer correcciones técnicas en la Ley, conforme al estado de derecho actual; y para otros fines relacionados.
PS 0707, Para enmendar los Artículos 40, 58, 59, 60, 105, 106, 177, 185 y 209 de la Ley Núm. 210- 2015, según enmendada, conocida como "Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado", a los fines de realizar varias enmiendas para armonizar el estatuto al ordenamiento jurídico vigente conforme a la Ley Núm. 55-2020, según enmendada, conocida como Código Civil de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
PS 1171, Para declarar la última semana del mes de septiembre de cada año como la "Semana de Concienciación sobre la Demencia Frontotemporal (DFT) en Puerto Rico", con el propósito de promover la educaci6n, la detección temprana, la sensibilización social y el apoyo a pacientes, cuidadores y familias afectadas; y para otros fines relacionados.
PS 0908, Para enmendar los incisos (d) y (g) del Articulo 5 de la Ley Num. 8-2004, segun enmendada, conocida como "Ley Organica del Departamento de Recreaci6n y Deportes" a fin de regular la practica del deporte al aire libre para menores de edad en las escuelas y entidades deportivas dirigidas a nifios y j6venes.
PS 0973, Para establecer la "Ley para la Protección Económica de Menores en la Monetización Digital", a los fines de establecer la obligación de reservar ingresos en un fondo a favor de los menores que aparezcan de forma sustancial en contenido digital monetizadо; establecer definiciones, mecanismos de fiscalización, y remedios especiales; y para otros fines relacionados