All Roll Calls
Yes: 73 • No: 2
Sponsored By: Carlos ‘Johnny' Méndez Núñez (PNP), Miembros PNP -
Signed by Governor
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4 provisions identified: 2 benefits, 2 costs, 0 mixed.
The Energy Bureau can fine $10,000 to $125,000 per day for each violation. Total fines cannot exceed the largest of: 5% of last year’s gross sales (including operator service fees), 15% of last year’s net income, or 10% of last year’s net assets. If a company keeps violating, fines rise to $15,000 to $250,000 per day. With a unanimous Bureau vote, fines can reach up to double the percentage caps.
Energy companies must pay fines with their own money. They cannot add those fines to customer rates or bills. The Energy Bureau puts collected fines in a separate account. That money is credited to electric customers during the quarterly fuel-cost reconciliation, which lowers bills.
Intentional violations are a crime. A court can order up to 1 year and 6 months in jail, or a fine of $1,500 to $25,000. For repeat offenders, the fine range increases to $50,000 to $100,000.
The Energy Bureau can use garnishment and other legal tools to collect fines. If a Puerto Rico government entity owes money to a sanctioned company, the Bureau can order it to deposit those funds up to the sanction amount. Once the sanction is final, the Bureau uses those funds to pay the fine.
Carlos ‘Johnny' Méndez Núñez
PNP • House
Miembros PNP -
Affiliation unavailable
There are no cosponsors for this bill.
All Roll Calls
Yes: 73 • No: 2
Senate vote • 3/6/2025
Aprobado por el Senado en Votación Final
Yes: 25 • No: 1
House vote • 2/25/2025
Aprobado por Cámara en Votación Final
Yes: 48 • No: 1
Ley Núm. 2 — Firmada por la Gobernadora
Enviado a la Gobernadora
Firmado por el Presidente del Senado
Firmado por el Presidente de la Cámara
Se dispone que sea enrolado
Cuerpo de Origen concurre con enmiendas
Aprobado por el Senado en Votación Final
Aprobado con enmiendas del informe
En el Calendario de Ordenes Especiales del Senado
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
Entirillado del Informe
1er Informe Comisión rendido con enmiendas
Referido a Comisión(es)
Aparece en Primera Lectura del Senado
Texto de Aprobación Final enviado al Senado
Aprobado por Cámara en Votación Final
Aprobado con enmiendas en sala
Aprobado con enmiendas del informe
En el Calendario de Ordenes Especiales de la Cámara
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
Entirillado del Informe
1er Informe Comisión rendido con enmiendas
Reunión Ejecutiva: Oficina del Rep. Parés Otero
Vista Pública: Salón Audiencias #1
Vista Pública: Salón de Audiencias #1 Severo Colberg Ramírez
Se dispone que sea enrolado
3/13/2025
Texto de Aprobación Final enviado al Senado
2/25/2025
Radicado
1/23/2025
PC 0845 — Para declarar el mes de junio de cada año como el "Mes para Promover la Donación Sangre en Puerto Rico"; y para otros fines relacionados.
PC 0435 — Para emnendar los Artículos 2 y 4, añadir un nuevo Artículo 5 y reenumerar el Artículo 5 como Artículo 6, respectivamente de la Ley 6-2011, a los fines de añadir como requisito presentar evidencia de resultado negativo a prueba de detección de sustancias controladas; establecer que, a todo entrenador, adscrito al Departamento de Recreación y Deportes, se le podra administrar pruebas periódicas para la detección de sustancias confroladas; y para otros fines relacionados.
PC 0767 — Para enmendar el inciso (b) de la Sección 3 y el inciso (a) de la Sección 4 de la Ley Núm. 95 de 29 de junio de 1963, según enmendada, conocida como "Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos", para realizar emniendas técnicas, y añadir a los funcionarios y empleados del Departamento de Seguridad Pública y del Departamento de Educación en la definición de "empleado" con el fin de conformarla al estado de derecho vigente.
PC 0142 — Para enmendar los Articulos 2 y 7 de la Ley 151-2004, segun ernnendada, conocida como "Ley de Gobierno Electrónico", a los fines de consolidar denh·o de dicha Ley, las disposiciones relativas a la aplicación de la polftica pública que establece que las agendas y corporaciones publicas que rinden servicios basicos a la ciudadania, deben instituir programas de información y educación sabre los planes y proyectos de mejoras que lleven a cabo; derogar la Ley 98-2002, conocida coma "Ley de Información de Educación e Información al Usuario de Servicios Gubernamentales"; y para otros fines relacionados.
PS 0927 — Para crear la "Ley de Reflexión y Meditación en las agencias, dependencias, instrumentalidades y corporaciones públicas del Gobierno de Puerto Rico; establecer la política pública; disposiciones administrativas; y para otros fines relacionados.
PS 0676 — Para añadir un nuevo inciso (b) al Artículo 87 de la Ley Núm. 146-2012, según enmendada, conocida como "Código Penal de Puerto Rico"; renumerar los actuales incisos (b), (c), (d) y (e), como incisos (c), (d), (e) y (f), respectivamente, a los fines de establecer el periodo de prescripción de diez (10) años en delitos de apropiación ilegal agravada, fraude y lavado de dinero cuando la cuantía de tales actos ascienda a quinientos mil dólares ($500,000) o más; enmendar los Artículos 9.05 y 9.06 de la Ley Núm. 255-2002, según enmendada, conocida como "Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002"; y enmendar el Artículo 409 de la Ley Núm. 60 de 18 de junio de 1963, según enmendada, conocida como "Ley Uniforme de Valores", a los fines de establecer un período prescriptivo de diez (10) años en los delitos y penalidades tipificados en estas Leyes; y para otros fines relacionados.