All Roll Calls
Yes: 70 • No: 9
Sponsored By: Carlos J. Méndez Núñez (PNP), Miembros PNP -
Signed by Governor
Personalized for You
Personalize government policy and PRIA will tell you what this bill means for your household, plus every other piece of legislation we track. PRIA reads each provision against your financial profile to show you exactly what matters to your wallet.
6 provisions identified: 5 benefits, 1 costs, 0 mixed.
Youth found responsible in juvenile court for murder or for a sexual offense cannot take part in the Program. This bar applies to offenses listed in the Penal Code or special laws.
Program participants who are 21 or older can volunteer to help people in adult institutions. They must meet the safety and welfare rules that DCR sets before starting.
All Program employees move to DCR. Regular employees cannot be fired because of the transfer. Workers keep their pension, retirement, savings‑fund rights, and any certified union status. All personnel actions must follow existing laws, rules, and Law 8‑2017.
The law lets DCR and the Education Department train youths in custody to serve as tutors in extended‑hours school programs. DCR identifies youths with the right skills; both agencies provide training, follow‑up, and supervision after disposition. Tutoring on school campuses is supervised by the Education Department, which must file a yearly report to DCR with subjects of greatest need, ages served, and data on student gains. Services inside social treatment centers or correctional institutions are supervised by DCR.
The law places the Juvenile Justice and Delinquency Prevention Program inside the Department of Correction and Rehabilitation. The Secretary appoints an Assistant Director to run it. The Assistant Director proposes rules and reviews grant applications, and the Secretary issues the final regulations and decisions. The Secretary must send an annual report by April 30 on operations, spending, and results. All program property, records, and funds move to DCR, which now manages the budget. Each year the General Fund provides money for the Program and DCR can seek other public or private funds. The transfer must be finished within 90 days of the law’s approval.
The law recreates a State Advisory Group with 15 to 33 members. The Governor appoints members and names the chair. The group must include lawmakers, justice officials, education, health and sports officials, nonprofit and volunteer leaders, experts, and at least three youth with juvenile‑justice experience. It advises on the yearly work plan, funding priorities, and grant approvals, and sends annual recommendations. DCR provides meeting space and staff support when resources and federal funds allow.
Carlos J. Méndez Núñez
PNP • House
Miembros PNP -
Affiliation unavailable
There are no cosponsors for this bill.
All Roll Calls
Yes: 70 • No: 9
Senate vote • 6/25/2025
Aprobado por el Senado en Votación Final
Yes: 23 • No: 4 • Other: 1
House vote • 6/24/2025
Aprobado por Cámara en Votación Final
Yes: 47 • No: 5 • Other: 1
Ley Núm. 61 — Firmada por la Gobernadora
Enviado a la Gobernadora
Firmado por el Presidente del Senado
Firmado por el Presidente de la Cámara
Se dispone que sea enrolado
Senado aprueba informe de Comisión de Conferencia
Cámara aprueba informe de Comisión de Conferencia
Entirillado Electrónico Informe de Conferencia
1er Informe de Comité de Conferencia rendido
Se accede a Conferenciar
Se solicita Comité de Conferencia
Cuerpo de Origen no concurre con enmiendas
Aprobado por el Senado en Votación Final
Aprobado con enmiendas en sala
En el Calendario de Ordenes Especiales del Senado
Descargado en Senado
Referido a Comisión(es)
Aparece en Primera Lectura del Senado
Texto de Aprobación Final enviado al Senado
Aprobado por Cámara en Votación Final
Aprobado con enmiendas del informe
En el Calendario de Ordenes Especiales de la Cámara
Quedó Pendiente de Acción Posterior en la Cámara
En el Calendario de Ordenes Especiales de la Cámara
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
Se dispone que sea enrolado
6/30/2025
Texto de Aprobación Final enviado al Senado
6/24/2025
Radicado
5/5/2025
PS 0692, Para enmendar el inciso (g) del Artículo 3 de la Ley 156-2006, según enmendada, conocida como "Ley de Acompañamiento durante el Trabajo de Parto, Nacimiento y Post-parto", a los fines de extender el derecho de acompañamiento a toda evaluación en sala de emergencias relacionada al embarazo, independientemente de si ha comenzado el proceso de parto; ordenar al Departamento de Salud a establecer un Protocolo uniforme; y para otros fines relacionados.
PC 0636, Para añadir un nuevo inciso (z) al Artículo 1.010 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", a los fines de facultar a los municipios a que, previa aprobación de sus respectivas legislaturas municipales, y cuando su capacidad fiscal y económica lo permita, puedan crear programas de voluntarios, conforme las disposiciones contenidas en la Ley 261-2004, según enmendada, conocida como "Ley del Voluntariado de Puerto Rico"; y para otros fines relacionados.
PC 0208, Para enmendar el Articulo 4, de la Ley 109-2003, según enmendada, conocida como "Ley que Regula las Relaciones Contractuales entre los Estudiantes Militares de Educación Post-secundaria en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y las Instituciones Superiores de Ensefianza", a los fines de reconocer la existencia de la nueva rama de las Fuerzas Armadas, la Fuerza Espacial de los Estados Unidos de América; reconocer los beneficios de esta Ley a miembros de dicha nueva rama; actualizar definiciones; aclarar que esta Ley, también será de aplicación en activaciones de casos de emergencia natural o razones humanitarias; y para otros fines relacionados.
PS 0896, Para añadir el subinciso (5) al inciso (C) y enmendar el inciso (D) del Artículo 24 de la Ley Núm. 42-2017, según enmendada, conocida como "Ley para Manejar el Estudio, Desarrollo e Investigaci6n del Cannabis para la Innovación, Normas Aplicables y Límites (Ley MEDICINAL)", a fin de aclarar prohibiciones con respecto a la utilización de cannabis medicinal para determinados empleados de transporte.
PS 0190, Para enmendar los Artículos 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de la Ley 38-2011, conocida como "Ley de Manos Pa'l Campo", con el fin de ampliar su aplicación a cualesquiera actividades o faenas agrícolas que se realicen en Puerto Rico, y no circunscribirla a la cosecha de café; y para reiterar y reforzar la política pública existente sobre la utilización de confinados, para la realización de diversas tareas, tales como actividades agrícolas, entre otras, como parte del proceso de rehabilitación y reinserción a la libre comunidad de esta poblaci6n, de acuerdo a lo contemplado en la Ley 166-2009, según enmendada; excluir al Departamento de Estado de los procedimientos y requerimientos contemplados en la Ley 38-2011, por esta Agenda no tener ninguna injerencia en el proceso de visados de trabajos, ya sea para empleos agrícolas o no agrícolas; y para otros fines relacionados.
PS 0997, Para enmendar el Artículo 1; enmendar el inciso (c) del Artículo 3; y enmendar las incises (a), (b) y (d) del Artículo 8 de la Ley 163-2024, conocida coma "Ley para la Protección, Seguridad, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con las Trastornos del Espectro Antista", a las fines de uniformar la terminología de la Ley, atemperar las definiciones al Manual Diagnóstico y Estadístico de las Trastornos Mentales (DSM-5), reforzar la composición interdisciplinaria de las equipos de servicios en las Centros de Autismo, disponer la acreditación de las Centros y de sus proveedores en las planes médicos comerciales y en el Plan de Salud del Gobierno; establecer mecanismos de seguimiento y fiscalización del cumplimiento de la Ley; y clarificar las competencias entre el Coordinador Interinstitucional de Servicios y el Comité Interinstitucional de Servicios; y para otros fines relacionados.