All Roll Calls
Yes: 73 • No: 5
Sponsored By: Thomas Rivera Schatz (PNP)
Signed by Governor
Personalized for You
Personalize government policy and PRIA will tell you what this bill means for your household, plus every other piece of legislation we track. PRIA reads each provision against your financial profile to show you exactly what matters to your wallet.
6 provisions identified: 3 benefits, 1 costs, 2 mixed.
During a declared emergency, the Governor can treat out‑of‑state or foreign licenses as Puerto Rico licenses for the emergency period. The Governor can also expand what licensed workers may do and allow services in person, by phone, or remotely. These temporary rules last only while the emergency is in effect.
Puerto Rico recognizes many licenses and government certifications from other U.S. places so you can work here. A local board must find your license has a similar scope. You must have held it at least 1 year and worked 3 straight years just before you apply, with no more than 1 year of recent inactivity. Your issuing state must have exams or training like Puerto Rico’s, and you must be in good standing with no disqualifying crimes or open complaints. You must pay Puerto Rico fees and meet any professional association rules, and sign a sworn statement. If your job wasn’t licensed in Puerto Rico but was similar and licensed in your state, you can qualify with 3 straight years of recent work. This law does not cover the practice of law.
If you hold a government certification from another U.S. state and Puerto Rico requires a license, the board issues a provisional license when you file. The initial provisional period is 30 days. Boards must approve or deny within 30 days. If they do not, you get an automatic provisional credential and can work while they finish. After that, the board has another 30 days to complete the review.
The Department of State and local boards must issue any needed rules within 180 days of approval, following Puerto Rico’s administrative procedure law. This law prevails over other Puerto Rico licensing laws if there is a conflict.
Each license or certification application costs $100, paid for every separate application. If you get a license under this law, you must follow Puerto Rico’s laws and the local board’s rules. Your license works only in Puerto Rico and does not let you work in other states by itself.
You must tell the Puerto Rico board right away if another state suspends, cancels, revokes, or ends your license. After a hearing, the board may revoke your Puerto Rico license based on that action. If the board makes a final decision on your application or license, you can ask for an administrative review under Puerto Rico’s procedure law.
Thomas Rivera Schatz
PNP • Senate
Gregorio Matías Rosario
PNP • Senate
Jamie Barlucea Rodríguez
PNP • Senate
Joanne M. Rodríguez Veve
Independent • Senate
Migdalia Padilla Alvelo
PNP • Senate
Ángel Toledo López
PNP • Senate
All Roll Calls
Yes: 73 • No: 5
House vote • 6/24/2025
Aprobado por Cámara en Votación Final
Yes: 50 • No: 3
Senate vote • 4/10/2025
Aprobado por el Senado en Votación Final
Yes: 23 • No: 2
Ley Núm. 102 — Firmada por la Gobernadora
Enviado a la Gobernadora
Firmado por el Presidente de la Cámara
Firmado por el Presidente del Senado
Se dispone que sea enrolado
Aprobado por Cámara en Votación Final
Aprobado sin enmiendas
En el Calendario de Ordenes Especiales de la Cámara
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
1er Informe Comisión rendido sin enmiendas
Reunión Ejecutiva: Oficina de la Comisión
Referido a Comisión(es)
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Texto de Aprobación Final enviado a la Cámara
Aprobado por el Senado en Votación Final
Aprobado con enmiendas del informe
En el Calendario de Ordenes Especiales del Senado
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
Entirillado del Informe
1er Informe Comisión rendido con enmiendas
Referido a Comisión(es)
Aparece en Primera Lectura del Senado
Radicado
Se dispone que sea enrolado
6/24/2025
Texto de Aprobación Final enviado a la Cámara
4/10/2025
Radicado
1/2/2025
Radicado (Senado mirror)
1/2/2025
PC 0754, Para enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 12 del 10 de diciembre de 1975, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Autorización al DTOP para Disponer o Arrendar Terrenos o Edificios que Dejaren de Ser de Utilidad Pública”, a los fines de ampliar derechos preferentes para la adquisición de propiedades del Gobierno de Puerto Rico con el objetivo de reconocer el derecho de adquisición preferente a los usufructuarios y arrendatarios al momento de disponer de bienes inmuebles gubernamentales que dejaron de tener utilidad pública; y para otros fines relacionados.
PS 0692, Para enmendar el inciso (g) del Artículo 3 de la Ley 156-2006, según enmendada, conocida como "Ley de Acompañamiento durante el Trabajo de Parto, Nacimiento y Post-parto", a los fines de extender el derecho de acompañamiento a toda evaluación en sala de emergencias relacionada al embarazo, independientemente de si ha comenzado el proceso de parto; ordenar al Departamento de Salud a establecer un Protocolo uniforme; y para otros fines relacionados.
PC 0636, Para añadir un nuevo inciso (z) al Artículo 1.010 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", a los fines de facultar a los municipios a que, previa aprobación de sus respectivas legislaturas municipales, y cuando su capacidad fiscal y económica lo permita, puedan crear programas de voluntarios, conforme las disposiciones contenidas en la Ley 261-2004, según enmendada, conocida como "Ley del Voluntariado de Puerto Rico"; y para otros fines relacionados.
PC 0208, Para enmendar el Articulo 4, de la Ley 109-2003, según enmendada, conocida como "Ley que Regula las Relaciones Contractuales entre los Estudiantes Militares de Educación Post-secundaria en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y las Instituciones Superiores de Ensefianza", a los fines de reconocer la existencia de la nueva rama de las Fuerzas Armadas, la Fuerza Espacial de los Estados Unidos de América; reconocer los beneficios de esta Ley a miembros de dicha nueva rama; actualizar definiciones; aclarar que esta Ley, también será de aplicación en activaciones de casos de emergencia natural o razones humanitarias; y para otros fines relacionados.
PS 0896, Para añadir el subinciso (5) al inciso (C) y enmendar el inciso (D) del Artículo 24 de la Ley Núm. 42-2017, según enmendada, conocida como "Ley para Manejar el Estudio, Desarrollo e Investigaci6n del Cannabis para la Innovación, Normas Aplicables y Límites (Ley MEDICINAL)", a fin de aclarar prohibiciones con respecto a la utilización de cannabis medicinal para determinados empleados de transporte.
PS 0190, Para enmendar los Artículos 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de la Ley 38-2011, conocida como "Ley de Manos Pa'l Campo", con el fin de ampliar su aplicación a cualesquiera actividades o faenas agrícolas que se realicen en Puerto Rico, y no circunscribirla a la cosecha de café; y para reiterar y reforzar la política pública existente sobre la utilización de confinados, para la realización de diversas tareas, tales como actividades agrícolas, entre otras, como parte del proceso de rehabilitación y reinserción a la libre comunidad de esta poblaci6n, de acuerdo a lo contemplado en la Ley 166-2009, según enmendada; excluir al Departamento de Estado de los procedimientos y requerimientos contemplados en la Ley 38-2011, por esta Agenda no tener ninguna injerencia en el proceso de visados de trabajos, ya sea para empleos agrícolas o no agrícolas; y para otros fines relacionados.