All Roll Calls
Yes: 67 • No: 6
Sponsored By: Ángel Toledo López (PNP)
Signed by Governor
Personalized for You
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4 provisions identified: 3 benefits, 1 costs, 0 mixed.
People in covered correctional settings can take part in farm work as part of rehabilitation and community reentry. Covered settings include correctional institutions, residential treatment centers, diversion programs, and certain related programs. Minors need express consent from a parent or legal guardian and must meet the minimum working age under applicable law. The law sets no wage amount.
Puerto Rico’s Corrections Department deposits participating correctional workers’ earnings into separate accounts. It keeps 20% of total earnings for program administration and security costs. This leaves 80% after that retention, before any other deductions. Work contracts must state hours, pay, and applicable benefits; the law sets no pay schedule or wage amount.
The law expands Puerto Rico’s Manos Pa’l Campo program from coffee harvesting to all farm activities. Hiring gives priority to local workers, defined as Puerto Rico residents who are U.S. citizens. Temporary foreign workers are available only when local and correctional workers cannot meet demand. Other Puerto Rico government agencies and municipalities can choose to create related programs. The law takes effect immediately upon approval and sets no funding amount for these local programs.
Puerto Rico’s labor, agriculture, and corrections departments must make annual agreements estimating farm labor needs and local availability by municipality. They must track available workers, coordinate placements, and set rules for correctional and foreign workers. Agriculture must ensure foreign labor does not displace state resources supporting local labor. The labor department must approve foreign-worker need certificates when estimates show a real shortage and local and correctional labor is exhausted. The process must take a reasonable time without disrupting farm operations. It must follow federal law, and certificates do not guarantee visas. The labor department also provides hiring guidance and training; Puerto Rico’s Department of State leaves the process. All three departments must report results within each calendar year’s first 90 days, emphasizing the Mountain Region.
Ángel Toledo López
PNP • Senate
Jamie Barlucea Rodríguez
PNP • Senate
Jeison Rosa Ramos
PNP • Senate
Rafael Santos Ortiz
PNP • Senate
Wilmer Reyes Berríos
PNP • Senate
All Roll Calls
Yes: 67 • No: 6
House vote • 9/1/2026
Aprobado por Cámara en Votación Final
Yes: 44 • No: 4 • Other: 1
Senate vote • 6/2/2025
Aprobado por el Senado en Votación Final
Yes: 23 • No: 2
Ley Núm. 203 — Firmada por la Gobernadora
Enviado a la Gobernadora
Firmado por el Presidente de la Cámara
Firmado por el Presidente del Senado
Se dispone que sea enrolado
Cuerpo de Origen concurre con enmiendas
Aprobado por Cámara en Votación Final
Aprobado con enmiendas en sala
En el Calendario de Ordenes Especiales de la Cámara
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
1er Informe Comisión rendido sin enmiendas
Vista Pública: Salón de Audiencias #2
Referido a Comisión(es)
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Texto de Aprobación Final enviado a la Cámara
Aprobado por el Senado en Votación Final
Aprobado con enmiendas en sala
Aprobado con enmiendas del informe
En el Calendario de Ordenes Especiales del Senado
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
Entirillado del Informe
1er Informe Comisión rendido con enmiendas
Referido a Comisión(es)
Aparece en Primera Lectura del Senado
Radicado
Se dispone que sea enrolado
9/21/2026
Texto de Aprobación Final enviado a la Cámara
6/2/2025
Radicado
1/8/2025
Radicado (Senado mirror)
1/8/2025
PS 0692, Para enmendar el inciso (g) del Artículo 3 de la Ley 156-2006, según enmendada, conocida como "Ley de Acompañamiento durante el Trabajo de Parto, Nacimiento y Post-parto", a los fines de extender el derecho de acompañamiento a toda evaluación en sala de emergencias relacionada al embarazo, independientemente de si ha comenzado el proceso de parto; ordenar al Departamento de Salud a establecer un Protocolo uniforme; y para otros fines relacionados.
PC 0636, Para añadir un nuevo inciso (z) al Artículo 1.010 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", a los fines de facultar a los municipios a que, previa aprobación de sus respectivas legislaturas municipales, y cuando su capacidad fiscal y económica lo permita, puedan crear programas de voluntarios, conforme las disposiciones contenidas en la Ley 261-2004, según enmendada, conocida como "Ley del Voluntariado de Puerto Rico"; y para otros fines relacionados.
PC 0208, Para enmendar el Articulo 4, de la Ley 109-2003, según enmendada, conocida como "Ley que Regula las Relaciones Contractuales entre los Estudiantes Militares de Educación Post-secundaria en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y las Instituciones Superiores de Ensefianza", a los fines de reconocer la existencia de la nueva rama de las Fuerzas Armadas, la Fuerza Espacial de los Estados Unidos de América; reconocer los beneficios de esta Ley a miembros de dicha nueva rama; actualizar definiciones; aclarar que esta Ley, también será de aplicación en activaciones de casos de emergencia natural o razones humanitarias; y para otros fines relacionados.
PS 0896, Para añadir el subinciso (5) al inciso (C) y enmendar el inciso (D) del Artículo 24 de la Ley Núm. 42-2017, según enmendada, conocida como "Ley para Manejar el Estudio, Desarrollo e Investigaci6n del Cannabis para la Innovación, Normas Aplicables y Límites (Ley MEDICINAL)", a fin de aclarar prohibiciones con respecto a la utilización de cannabis medicinal para determinados empleados de transporte.
PS 0997, Para enmendar el Artículo 1; enmendar el inciso (c) del Artículo 3; y enmendar las incises (a), (b) y (d) del Artículo 8 de la Ley 163-2024, conocida coma "Ley para la Protección, Seguridad, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con las Trastornos del Espectro Antista", a las fines de uniformar la terminología de la Ley, atemperar las definiciones al Manual Diagnóstico y Estadístico de las Trastornos Mentales (DSM-5), reforzar la composición interdisciplinaria de las equipos de servicios en las Centros de Autismo, disponer la acreditación de las Centros y de sus proveedores en las planes médicos comerciales y en el Plan de Salud del Gobierno; establecer mecanismos de seguimiento y fiscalización del cumplimiento de la Ley; y clarificar las competencias entre el Coordinador Interinstitucional de Servicios y el Comité Interinstitucional de Servicios; y para otros fines relacionados.
PS 0183, Para enmendar los Artículos 2, 3, 4, 5, 6, 8 y 9 de la Ley 166-1995, según enmendada, conocida como la "Ley del Programa de Desarrollo Artesanal", a los fines de transferirle al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, la responsabilidad de facilitar líneas de garantía o crédito para la concesión de préstamos, o cualquier otra ayuda económica a la clase artesanal para el establecimiento, operación, ampliación o mejoramiento de talleres de producci6n, elaboraci6n y confección de artesanías; hacer correcciones técnicas en la Ley, conforme al estado de derecho actual; y para otros fines relacionados.