All Roll Calls
Yes: 75 • No: 0
Sponsored By: Thomas Rivera Schatz (PNP)
Signed by Governor
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1 provisions identified: 1 benefits, 0 costs, 0 mixed.
The law takes effect 180 days after approval. Puerto Rico police must record all investigative questioning of minors in custody or under apprehension, using both audio and video. Recordings must capture everyone's image and voice, identify everyone present, and remain protected and available for court use. They become part of confidential police and prosecutor files. A minor's agreement to give up constitutional rights cannot be admitted as evidence without the required recording, except as described below. The agreement must be express, with parents, guardians, or a court-appointed defender present, along with the minor's lawyer. Giving up the right to a lawyer does not require a lawyer's presence. The judge must find the agreement voluntary and informed, and that the minor and parents understand the consequences. When emergencies or public-safety conditions prevent recording, officers must document why, and the court must check the agreement using other reliable evidence. Police and the Department of Justice must adopt or update rules and protocols to ensure consistent compliance.
Thomas Rivera Schatz
PNP • Senate
Brenda Pérez Soto
PNP • Senate
Héctor Gabriel González López
PNP • Senate
Jamie Barlucea Rodríguez
PNP • Senate
Karen Michelle Román Rodríguez
PNP • Senate
Wilmer Reyes Berríos
PNP • Senate
Ángel Toledo López
PNP • Senate
All Roll Calls
Yes: 75 • No: 0
House vote • 2/19/2026
Aprobado por Cámara en Votación Final
Yes: 47 • No: 0
Senate vote • 10/1/2025
Aprobado por el Senado en Votación Final
Yes: 28 • No: 0
Ley Núm. 51 — Firmada por la Gobernadora
Enviado a la Gobernadora
Firmado por el Presidente de la Cámara
Firmado por el Presidente del Senado
Se dispone que sea enrolado
Senado aprueba informe de Comisión de Conferencia
Cámara aprueba informe de Comisión de Conferencia
Entirillado Electrónico Informe de Conferencia
1er Informe de Comité de Conferencia rendido
Se accede a Conferenciar
Se solicita Comité de Conferencia
Cuerpo de Origen no concurre con enmiendas
Aprobado por Cámara en Votación Final
Aprobado con enmiendas del informe
En el Calendario de Ordenes Especiales de la Cámara
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
Entirillado del Informe
3er Informe Comisión rendido con enmiendas
Devuelto a la Comisión(es)
Se retira 2do Informe
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
Entirillado del Informe
2do Informe Comisión rendido con enmiendas
Devuelto a la Comisión(es)
Se retira 1er Informe
Se dispone que sea enrolado
3/12/2026
Texto de Aprobación Final enviado a la Cámara
10/1/2025
Radicado
8/18/2025
Radicado (Senado mirror)
8/18/2025
PC 0754, Para enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 12 del 10 de diciembre de 1975, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Autorización al DTOP para Disponer o Arrendar Terrenos o Edificios que Dejaren de Ser de Utilidad Pública”, a los fines de ampliar derechos preferentes para la adquisición de propiedades del Gobierno de Puerto Rico con el objetivo de reconocer el derecho de adquisición preferente a los usufructuarios y arrendatarios al momento de disponer de bienes inmuebles gubernamentales que dejaron de tener utilidad pública; y para otros fines relacionados.
PS 0692, Para enmendar el inciso (g) del Artículo 3 de la Ley 156-2006, según enmendada, conocida como "Ley de Acompañamiento durante el Trabajo de Parto, Nacimiento y Post-parto", a los fines de extender el derecho de acompañamiento a toda evaluación en sala de emergencias relacionada al embarazo, independientemente de si ha comenzado el proceso de parto; ordenar al Departamento de Salud a establecer un Protocolo uniforme; y para otros fines relacionados.
PC 0636, Para añadir un nuevo inciso (z) al Artículo 1.010 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", a los fines de facultar a los municipios a que, previa aprobación de sus respectivas legislaturas municipales, y cuando su capacidad fiscal y económica lo permita, puedan crear programas de voluntarios, conforme las disposiciones contenidas en la Ley 261-2004, según enmendada, conocida como "Ley del Voluntariado de Puerto Rico"; y para otros fines relacionados.
PS 0190, Para enmendar los Artículos 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de la Ley 38-2011, conocida como "Ley de Manos Pa'l Campo", con el fin de ampliar su aplicación a cualesquiera actividades o faenas agrícolas que se realicen en Puerto Rico, y no circunscribirla a la cosecha de café; y para reiterar y reforzar la política pública existente sobre la utilización de confinados, para la realización de diversas tareas, tales como actividades agrícolas, entre otras, como parte del proceso de rehabilitación y reinserción a la libre comunidad de esta poblaci6n, de acuerdo a lo contemplado en la Ley 166-2009, según enmendada; excluir al Departamento de Estado de los procedimientos y requerimientos contemplados en la Ley 38-2011, por esta Agenda no tener ninguna injerencia en el proceso de visados de trabajos, ya sea para empleos agrícolas o no agrícolas; y para otros fines relacionados.
PC 0208, Para enmendar el Articulo 4, de la Ley 109-2003, según enmendada, conocida como "Ley que Regula las Relaciones Contractuales entre los Estudiantes Militares de Educación Post-secundaria en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y las Instituciones Superiores de Ensefianza", a los fines de reconocer la existencia de la nueva rama de las Fuerzas Armadas, la Fuerza Espacial de los Estados Unidos de América; reconocer los beneficios de esta Ley a miembros de dicha nueva rama; actualizar definiciones; aclarar que esta Ley, también será de aplicación en activaciones de casos de emergencia natural o razones humanitarias; y para otros fines relacionados.
PS 0896, Para añadir el subinciso (5) al inciso (C) y enmendar el inciso (D) del Artículo 24 de la Ley Núm. 42-2017, según enmendada, conocida como "Ley para Manejar el Estudio, Desarrollo e Investigaci6n del Cannabis para la Innovación, Normas Aplicables y Límites (Ley MEDICINAL)", a fin de aclarar prohibiciones con respecto a la utilización de cannabis medicinal para determinados empleados de transporte.