All Roll Calls
Yes: 74 • No: 6
Sponsored By: Miembros PNP -, Thomas Rivera Schatz (PNP)
Signed by Governor
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5 provisions identified: 4 benefits, 0 costs, 1 mixed.
Public buses and ferries run by Puerto Rico governments charge half fare to riders who are 60 or older or who have a disability. Riders who are 70 or older ride free. You must show an eligible ID to get the discount or free ride.
People with a certified impairment, people 60 or older, pregnant women, and veterans can use express lines and priority turns at covered government offices. Show a valid ID, age proof, veteran card, or impairment certificate to use these lines.
Government-run venues and transit post clear signs that a 50% discount is available for eligible people. Tickets must say the 50% discount on the back and be marked so they stand out. Signs also tell people that a share of tickets is set aside for discounted sales.
The transportation agency adds a special symbol on driver’s licenses and ID cards to show a person is a senior or has a disability. It may also accept other age proof or medical certifications, and can offer a digital option like CESCO Digital. Agencies protect data, keep records current, and train staff to check status. Within 120 days of approval, rules are issued and the change is completed; old cards and Health Department certifications keep working during the transition. The law repeals older ID laws and replaces them with this unified system.
If you live in Puerto Rico and are 60 or older or have a disability, you get one ticket at 50% off for each show, activity, or game held in government-provided venues. Show a valid license, ID card, or accepted proof when you buy and when you enter. At least 5% of tickets per performance are held for eligible buyers; any still unsold five days before the show can be sold at the normal price, except when sales start less than five days before. You cannot request discounted tickets for events at the same date and time, and you cannot get more than one discounted ticket across multiple performances of the same activity.
Miembros PNP -
Affiliation unavailable
Thomas Rivera Schatz
PNP • Senate
There are no cosponsors for this bill.
All Roll Calls
Yes: 74 • No: 6
House vote • 11/13/2025
Aprobado por Cámara en Votación Final
Yes: 50 • No: 3
Senate vote • 11/10/2025
Aprobado por el Senado en Votación Final
Yes: 24 • No: 3
Ley Núm. 160 — Firmada por la Gobernadora
Enviado a la Gobernadora
Firmado por el Presidente de la Cámara
Firmado por el Presidente del Senado
Se dispone que sea enrolado
Cuerpo de Origen concurre con enmiendas
Aprobado por Cámara en Votación Final
Aprobado con enmiendas del informe
En el Calendario de Ordenes Especiales de la Cámara
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
Entirillado del Informe
1er Informe Comisión rendido con enmiendas
Referido a Comisión(es)
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Texto de Aprobación Final enviado a la Cámara
Aprobado por el Senado en Votación Final
Aprobado con enmiendas en sala
Aprobado con enmiendas del informe
En el Calendario de Ordenes Especiales del Senado
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
Entirillado del Informe
1er Informe Comisión rendido con enmiendas
Referido a Comisión(es)
Aparece en Primera Lectura del Senado
Radicado
Se dispone que sea enrolado
11/18/2025
Texto de Aprobación Final enviado a la Cámara
11/10/2025
Radicado (Senado mirror)
9/23/2025
Radicado
9/22/2025
PC 0845 — Para declarar el mes de junio de cada año como el "Mes para Promover la Donación Sangre en Puerto Rico"; y para otros fines relacionados.
PC 0435 — Para emnendar los Artículos 2 y 4, añadir un nuevo Artículo 5 y reenumerar el Artículo 5 como Artículo 6, respectivamente de la Ley 6-2011, a los fines de añadir como requisito presentar evidencia de resultado negativo a prueba de detección de sustancias controladas; establecer que, a todo entrenador, adscrito al Departamento de Recreación y Deportes, se le podra administrar pruebas periódicas para la detección de sustancias confroladas; y para otros fines relacionados.
PC 0767 — Para enmendar el inciso (b) de la Sección 3 y el inciso (a) de la Sección 4 de la Ley Núm. 95 de 29 de junio de 1963, según enmendada, conocida como "Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos", para realizar emniendas técnicas, y añadir a los funcionarios y empleados del Departamento de Seguridad Pública y del Departamento de Educación en la definición de "empleado" con el fin de conformarla al estado de derecho vigente.
PC 0142 — Para enmendar los Articulos 2 y 7 de la Ley 151-2004, segun ernnendada, conocida como "Ley de Gobierno Electrónico", a los fines de consolidar denh·o de dicha Ley, las disposiciones relativas a la aplicación de la polftica pública que establece que las agendas y corporaciones publicas que rinden servicios basicos a la ciudadania, deben instituir programas de información y educación sabre los planes y proyectos de mejoras que lleven a cabo; derogar la Ley 98-2002, conocida coma "Ley de Información de Educación e Información al Usuario de Servicios Gubernamentales"; y para otros fines relacionados.
PS 0927 — Para crear la "Ley de Reflexión y Meditación en las agencias, dependencias, instrumentalidades y corporaciones públicas del Gobierno de Puerto Rico; establecer la política pública; disposiciones administrativas; y para otros fines relacionados.
PS 0676 — Para añadir un nuevo inciso (b) al Artículo 87 de la Ley Núm. 146-2012, según enmendada, conocida como "Código Penal de Puerto Rico"; renumerar los actuales incisos (b), (c), (d) y (e), como incisos (c), (d), (e) y (f), respectivamente, a los fines de establecer el periodo de prescripción de diez (10) años en delitos de apropiación ilegal agravada, fraude y lavado de dinero cuando la cuantía de tales actos ascienda a quinientos mil dólares ($500,000) o más; enmendar los Artículos 9.05 y 9.06 de la Ley Núm. 255-2002, según enmendada, conocida como "Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002"; y enmendar el Artículo 409 de la Ley Núm. 60 de 18 de junio de 1963, según enmendada, conocida como "Ley Uniforme de Valores", a los fines de establecer un período prescriptivo de diez (10) años en los delitos y penalidades tipificados en estas Leyes; y para otros fines relacionados.