All Roll Calls
Yes: 65 • No: 1
Sponsored By: Thomas Rivera Schatz (PNP)
Signed by Governor
Personalized for You
Personalize government policy and PRIA will tell you what this bill means for your household, plus every other piece of legislation we track. PRIA reads each provision against your financial profile to show you exactly what matters to your wallet.
7 provisions identified: 7 benefits, 0 costs, 0 mixed.
Hospitals must provide all HIV medicines, including antiretrovirals, starting the first day you are admitted. Hospitals must also refer people who are not in care to a specialized HIV clinic. The Health Department and the government health plan must make any new antiretroviral available within 90 calendar days after FDA approval and inclusion in federal HIV treatment guidelines. Health facility regulators monitor compliance.
If a person with HIV is in a terminal stage and a clinician recommends it, hospitals or long-term care must facilitate admission. For incarcerated people certified as terminal by the Health Secretary’s panel, prisons and the receiving facility must finish a written transfer agreement within 30 days of the certification. These rules speed access to end-of-life care.
No one may restrict your rights or discriminate against you because of an HIV diagnosis. Authorities cannot demand intimate details or create sexual-contact lists, except for Health Department disease investigations allowed by law. You cannot be isolated or quarantined unless it is clinically needed, documented, and you are informed. If isolation occurs, your HIV status must not be revealed.
If you are denied medical services, you can file a complaint with the Patient’s Advocate. If a private insurer denies or cancels coverage because of your health, you can complain to the Insurance Commissioner. You may also file with the Justice Department’s civil-rights unit or go to the Court of First Instance. Courts can appoint a lawyer if you are indigent, order remedies, and hold violators in civil contempt.
Landlords and housing lenders cannot require HIV test proof to approve a rental or housing loan. They also cannot deny housing for that reason. Federal programs that require a diagnosis for eligibility, like HOPWA or Ryan White, are exceptions.
Employers cannot fire you just because HIV reduces your capacity if you can do the job’s essential tasks with or without reasonable accommodation. Employers must provide reasonable accommodations after receiving supporting medical certifications. You do not have to disclose your diagnosis. If you choose to disclose, your employer must keep it private.
The law defines HIV, AIDS, antiretroviral medicines, and who counts as a person with a confirmed HIV diagnosis. These definitions guide who is covered and what treatments the rules apply to.
Thomas Rivera Schatz
PNP • Senate
There are no cosponsors for this bill.
All Roll Calls
Yes: 65 • No: 1
House vote • 6/25/2025
Aprobado por Cámara en Votación Final
Yes: 40 • No: 1 • Other: 11
Senate vote • 4/10/2025
Aprobado por el Senado en Votación Final
Yes: 25 • No: 0
Ley Núm. 42 — Firmada por la Gobernadora
Enviado a la Gobernadora
Firmado por el Presidente de la Cámara
Firmado por el Presidente del Senado
Se dispone que sea enrolado
Cuerpo de Origen concurre con enmiendas
Aprobado por Cámara en Votación Final
Aprobado con enmiendas del informe
En el Calendario de Ordenes Especiales de la Cámara
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
Entirillado del Informe
1er Informe Comisión rendido con enmiendas
Referido a Comisión(es)
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Texto de Aprobación Final enviado a la Cámara
Aprobado por el Senado en Votación Final
Aprobado con enmiendas del informe
En el Calendario de Ordenes Especiales del Senado
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
Entirillado del Informe
1er Informe Comisión rendido con enmiendas
Referido a Comisión(es)
Aparece en Primera Lectura del Senado
Radicado
Se dispone que sea enrolado
6/28/2025
Texto de Aprobación Final enviado a la Cámara
4/10/2025
Radicado
1/2/2025
Radicado (Senado mirror)
1/2/2025
PS 0692, Para enmendar el inciso (g) del Artículo 3 de la Ley 156-2006, según enmendada, conocida como "Ley de Acompañamiento durante el Trabajo de Parto, Nacimiento y Post-parto", a los fines de extender el derecho de acompañamiento a toda evaluación en sala de emergencias relacionada al embarazo, independientemente de si ha comenzado el proceso de parto; ordenar al Departamento de Salud a establecer un Protocolo uniforme; y para otros fines relacionados.
PC 0636, Para añadir un nuevo inciso (z) al Artículo 1.010 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", a los fines de facultar a los municipios a que, previa aprobación de sus respectivas legislaturas municipales, y cuando su capacidad fiscal y económica lo permita, puedan crear programas de voluntarios, conforme las disposiciones contenidas en la Ley 261-2004, según enmendada, conocida como "Ley del Voluntariado de Puerto Rico"; y para otros fines relacionados.
PC 0208, Para enmendar el Articulo 4, de la Ley 109-2003, según enmendada, conocida como "Ley que Regula las Relaciones Contractuales entre los Estudiantes Militares de Educación Post-secundaria en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y las Instituciones Superiores de Ensefianza", a los fines de reconocer la existencia de la nueva rama de las Fuerzas Armadas, la Fuerza Espacial de los Estados Unidos de América; reconocer los beneficios de esta Ley a miembros de dicha nueva rama; actualizar definiciones; aclarar que esta Ley, también será de aplicación en activaciones de casos de emergencia natural o razones humanitarias; y para otros fines relacionados.
PS 0896, Para añadir el subinciso (5) al inciso (C) y enmendar el inciso (D) del Artículo 24 de la Ley Núm. 42-2017, según enmendada, conocida como "Ley para Manejar el Estudio, Desarrollo e Investigaci6n del Cannabis para la Innovación, Normas Aplicables y Límites (Ley MEDICINAL)", a fin de aclarar prohibiciones con respecto a la utilización de cannabis medicinal para determinados empleados de transporte.
PS 0190, Para enmendar los Artículos 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de la Ley 38-2011, conocida como "Ley de Manos Pa'l Campo", con el fin de ampliar su aplicación a cualesquiera actividades o faenas agrícolas que se realicen en Puerto Rico, y no circunscribirla a la cosecha de café; y para reiterar y reforzar la política pública existente sobre la utilización de confinados, para la realización de diversas tareas, tales como actividades agrícolas, entre otras, como parte del proceso de rehabilitación y reinserción a la libre comunidad de esta poblaci6n, de acuerdo a lo contemplado en la Ley 166-2009, según enmendada; excluir al Departamento de Estado de los procedimientos y requerimientos contemplados en la Ley 38-2011, por esta Agenda no tener ninguna injerencia en el proceso de visados de trabajos, ya sea para empleos agrícolas o no agrícolas; y para otros fines relacionados.
PS 0997, Para enmendar el Artículo 1; enmendar el inciso (c) del Artículo 3; y enmendar las incises (a), (b) y (d) del Artículo 8 de la Ley 163-2024, conocida coma "Ley para la Protección, Seguridad, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con las Trastornos del Espectro Antista", a las fines de uniformar la terminología de la Ley, atemperar las definiciones al Manual Diagnóstico y Estadístico de las Trastornos Mentales (DSM-5), reforzar la composición interdisciplinaria de las equipos de servicios en las Centros de Autismo, disponer la acreditación de las Centros y de sus proveedores en las planes médicos comerciales y en el Plan de Salud del Gobierno; establecer mecanismos de seguimiento y fiscalización del cumplimiento de la Ley; y clarificar las competencias entre el Coordinador Interinstitucional de Servicios y el Comité Interinstitucional de Servicios; y para otros fines relacionados.