90 chapters · 774 sections in this title.
25 L.P.R.A. § 391 Beneficiarios
0.8K chars
Al fallecer un miembro del Cuerpo de la Policía del Estado Libre Asociado de Puerto Rico mientras estuviere recibiendo una pensión del Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno Estatal de Puerto Rico y sus instrumentalidades, o de cualquier otro sistema o ley de pensión gub…
25 L.P.R.A. § 392 Cuantía de la pensión
1.1K chars
Si el miembro del Cuerpo de la Policía, al morir dejó un solo beneficiario, dicha persona recibirá el sesenta por ciento (60%) de la pensión que recibía el miembro de la Policía fallecido. Si fueren más de un beneficiario, éstos recibirán en conjunto el sesenta por ciento (60%) d…
25 L.P.R.A. § 393 Distribución por el Administrador del Sistema
0.2K chars
El Administrador del Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno Estatal de Puerto Rico y sus instrumentalidades distribuirá la pensión entre los beneficiarios o herederos de acuerdo a lo dispuesto en este capítulo.
25 L.P.R.A. § 394 Menores de edad o incapacitados
0.3K chars
En casos de menores de edad o incapacitados mentales, la pensión que les corresponda podrá entregarse a su padre o madre, según sea el caso, o a cualquier otra persona que designe el Tribunal de Primera Instancia, atendiéndose siempre al bienestar de dichos menores o incapacitado…