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28 L.P.R.A. § 206 Jurisdicción del Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales
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Se confiere jurisdicción al Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales en la fiscalización de los permisos otorgados por la Oficina de Gerencia de Permisos sobre las actividades de extracción, excavación, remoción y dragado de los componentes de la corteza te…
28 L.P.R.A. § 207 Permiso—Necesidad
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Ninguna persona, natural o jurídica, asociación o grupo de personas, departamento, agencia, corporación cuasi pública, municipio o instrumentalidad del Gobierno de Puerto Rico o de los Estados Unidos de América realizará excavaciones, extracciones, remociones o dragados de los co…
28 L.P.R.A. § 208 Permiso—Vistas públicas
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Antes de expedir un nuevo permiso, la Oficina notificará al Departamento y al público sobre las solicitudes al efecto a través de los medios que por reglamento establezca. La Oficina celebrará vistas públicas si surgieren comentarios, controversias u objeciones en torno a alguna …
28 L.P.R.A. § 209 Permiso—Factores en otorgamiento o denegación de permisos
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(a) El Secretario tomará en consideración los siguientes factores al otorgar o denegar los permisos:(1) Límites de la propiedad para la cual se solicita permiso para extraer, excavar, remover o dragar.(2) Efectos de la actividad en:(A) Areas adyacentes.(B) La erosión de la zona m…